El pasado 21 de mayo de 2026, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución 0565 de 2026, mediante la cual se establecen nuevos criterios de calidad para el uso de aguas superficiales, subterráneas y marinas en Colombia.
La norma reemplaza el régimen transitorio contenido en el Decreto 1076 de 2015 y constituye un desarrollo relevante del ordenamiento territorial alrededor del agua promovido por el Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026.
Más allá de una actualización técnica, la resolución introduce un nuevo marco de referencia para la administración, monitoreo y evaluación del recurso hídrico en el país, incorporando criterios diferenciados según el uso del agua y fortaleciendo el enfoque ecosistémico en la gestión ambiental.
Aspectos más relevantes de la resolución
- Definición integral de criterios de calidad según el uso del recurso hídrico
La resolución establece parámetros y valores máximos admisibles para distintos usos del agua, incluyendo:
• Consumo humano y doméstico
• Preservación de flora y fauna
• Uso agrícola y pecuario
• Uso recreativo
• Pesca, maricultura y acuicultura
• Uso estético
• Navegación y transporte acuático
Los criterios abarcan parámetros fisicoquímicos, microbiológicos, nutrientes, metales y otros compuestos químicos, lo que amplía significativamente el alcance técnico de la regulación, lo cual implica ajustes importantes para las diferentes industrias, demandas y actividades.
- Inclusión expresa de aguas marinas
Por primera vez se incorporan criterios específicos para aguas marinas, incluyendo parámetros asociados a hidrocarburos, eutrofización costera, microbiología y metales pesados, así como disposiciones especiales para ecosistemas marino-costeros. Esto supone un avance importante en la incorporación del componente marino dentro de la regulación de calidad hídrica.
Esta actualización responde a la necesidad de dinamizar el trámite minero, brindando mayor seguridad jurídica y atendiendo oportunamente la conflictividad social en los territorios.
- Flexibilidad regulatoria frente a condiciones naturales del cuerpo de agua
La resolución permite que las autoridades ambientales ajusten ciertos criterios cuando las concentraciones observadas respondan a factores naturales o intrínsecos del cuerpo de agua y no a actividades antrópicas. Esto aplica, entre otros, para parámetros como DBO5, DQO, nitrógeno, fósforo, clorofila y sólidos suspendidos, lo que probablemente dará lugar a nuevas discusiones técnicas sobre condiciones de referencia y cargas naturales.
- Incorporación de bioensayos para preservación de flora y fauna
La norma introduce un enfoque ecotoxicológico mediante bioensayos para la definición y ajuste de criterios de calidad relacionados con la preservación de flora y fauna. Incluso, los resultados derivados de estos bioensayos podrán prevalecer sobre los valores generales establecidos en la resolución, fortaleciendo así la evaluación ecosistémica del recurso hídrico.
- Requisitos para laboratorios acreditados
Los análisis utilizados para evaluar cumplimiento de los criterios deberán provenir de laboratorios acreditados conforme a la Resolución 104 de 2022 del IDEAM. Además, los límites de cuantificación de los métodos analíticos deberán ser inferiores a los valores regulatorios establecidos, lo que podría implicar ajustes técnicos y operativos para distintos actores.
- Impacto sobre PORH y gestión ambiental
La resolución aclara que los Planes de Ordenamiento del Recurso Hídrico (PORH) ya adoptados no deberán ajustarse inmediatamente, aunque las revisiones futuras sí deberán incorporar los nuevos criterios de calidad.
Entrada en vigencia
La Resolución 0565 de 2026 entrará en vigencia a partir del 22 de mayo de 2027, lo que permitirá a autoridades ambientales, usuarios y laboratorios deberán prepararse para su implementación.
Consideraciones prácticas para usuarios y autoridades ambientales
La expedición de esta resolución tendrá implicaciones relevantes para:
• Procesos de ordenamiento del recurso hídrico (PORH).
• Permisos de vertimiento y concesiones de agua.
• Monitoreos ambientales y obligaciones de reporte.
• Evaluaciones de cumplimiento ambiental.
• Actividades industriales, agrícolas, pecuarias y portuarias.
• Proyectos en ecosistemas marinos y costeros.
Asimismo, será necesario revisar programas de monitoreo, metodologías de
evaluación y capacidades analíticas para asegurar compatibilidad con los nuevos
parámetros y exigencias técnicas establecidas por la norma.
En este contexto, la Resolución 0565 de 2026 parece marcar una transición hacia
un esquema regulatorio más sofisticado y territorializado en materia de calidad del
agua en Colombia.




