Protocolo de monitoreo de vertimientos a las aguas superficiales continentales y al alcantarillado público (PMVA).

La Agencia Nacional de Minería (ANM) expidió la Resolución 2261 de 2026, mediante la cual actualiza los criterios para acreditar la capacidad económica de los proponentes de contratos de concesión minera, así como de quienes solicitan la cesión de derechos o de áreas dentro de un título minero vigente.

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El propósito principal del proyecto es adoptar el PMVA como el instrumento técnico unificado a nivel nacional para estandarizar el monitoreo de vertimientos de aguas residuales domésticas (ARD) y no domésticas (ARnD) a las aguas superficiales continentales y al alcantarillado público, garantizando así homogeneidad en la aplicación de la normativa ambiental vigente.

A continuación, se presentan los principales aspectos del proyecto, conforme a la estructura de la resolución:

  • Ámbito de aplicación.

La regulación excluye los vertimientos realizados al suelo o al mar, y define como sujetos destinatarios de sus disposiciones a:

  1. Generadores de vertimientos puntuales de ARD y ARnD que descarguen a cuerpos de agua superficiales continentales.
  2. Usuarios y/o suscriptores de una Empresa Prestadora del Servicio Público de Alcantarillado que realicen vertimientos puntuales de ARnD al sistema de alcantarillado público.
  • Régimen de transición. 

El artículo 3 del Proyecto de Resolución establece un periodo de transición de doce (12) meses, contado a partir de la entrada en vigencia del PMVA garantizando un esquema de aplicación gradual para que los usuarios se ajusten a las nuevas reglas del protocolo.

En particular, corresponderá a la autoridad ambiental competente determinar la aplicación de las nuevas frecuencias de monitoreo, de conformidad con la sección 8 del PMVA y atendiendo las recomendaciones de la sección 4 del mismo instrumento.

  • Registro de Usuarios del Recurso Hídrico (RURH).

Asimismo, se establece la obligación de las autoridades ambientales de reportar anualmente en el Registro de Usuarios del Recurso Hídrico (RURH) la información asociada a las frecuencias de monitoreo con fundamento en la información suministrada por los generadores de vertimientos y los prestadores del servicio público domiciliario de alcantarillado.

  • Sustitución de la guía IDEAM 2002

El PMVA sustituye formalmente la “Guía para el Monitoreo de Vertimientos, Aguas Superficiales y Subterráneas”, expedida por el IDEAM en 2002, y se estructura en 11 secciones, destacando: 

  • Punto de Control e Infraestructura (Sección 4): Define que el punto de control del vertimiento (PCV) debe estar ubicado entre el sistema de tratamiento y el punto de descarga final. De igual forma, establece requisitos de accesibilidad, seguridad y georreferenciación obligatoria mediante coordenadas GPS (MAGNA-SIRGAS).
  • Metodología de Muestreo (Sección 5): Describe los procedimientos para la toma de muestras representativas, precisas y replicables. 
  • Frecuencias y Reportes (Secciones 8 y 9): Define la periodicidad con la que se debe monitorear y reportar la información a las autoridades o empresas de alcantarillado.

Para descargar el Proyecto de Resolución consulte el siguiente enlace: